El agente comercial puede trabajar para una o más empresas en derecho de agencia comercial (representante uniempresa/multiempresa). O bien sólo media entre la empresa y el cliente (agente de intermediación) o, como representante de la empresa, celebra él mismo contratos con los clientes (agente final). Una forma especial de agente comercial en el Derecho de agencias comerciales es el representante de distrito, a quien el empresario asigna un distrito determinado o un grupo de clientes, en el que surgen derechos de comisión incluso si los contratos se celebran sin su participación, ver artículo 87 II HGB.
La ley de agencia comercial se ocupa de los derechos y obligaciones de un agente comercial y está regulada en los artículos 84 a 92 del Código de Comercio.