Si una rescisión según el artículo 626 del BGB se debe a un comportamiento contrario al contrato por parte de la otra parte, esta última está obligada a compensar el daño causado por la terminación de la relación laboral según el artículo 628, apartado 2 del BGB. La indemnización por los llamados daños por disolución incluye fundamentalmente la obligación de colocar al demandante en la situación en la que se encontraría si la relación laboral continuara, ya que la reclamación en virtud del artículo 628, apartado 2 del Código Civil alemán (BGB) se refiere a la totalidad del interés en actuación. De ello se deduce que el empleador debe compensar al empleado por cualquier pérdida de ingresos a modo de compensación hasta el final del período de preaviso regular. Además de esta reclamación de indemnización por daños y perjuicios por pérdida de ingresos, que se limita al período del período de preaviso ficticio, puede existir una reclamación de indemnización adecuada para compensar la pérdida de la protección continua de la relación laboral de conformidad con el artículo 9. , 10 y 13 KSchG. Debido al incumplimiento del contrato por parte del empleador, el empleado que despide ha renunciado a la protección proporcionada por las disposiciones de protección por despido. Según una decisión del Octavo Senado del 21 de mayo de 2008 ( 8 AZR 623/07 ), el derecho de un empleado a recibir una indemnización en virtud del artículo 628, apartado 2 del Código Civil alemán (BGB) debido a la pérdida de su puesto de trabajo presupone que se pierda la protección existente que brinda la protección contra el despido. El derecho a una compensación sólo existe si la Ley de Protección del Empleo se aplica a la relación laboral y el empleador no debería haber terminado la relación laboral en el momento del despido del empleado. Estos principios también se aplican a un miembro del comité de empresa que está sujeto a una protección especial contra el despido según el artículo 15 de la KSchG. El derecho del candidato a transferir el puesto anunciado o a repetir la decisión de selección, derivado del artículo 33, apartado 2, de la Ley Fundamental, presupone que el cargo público solicitado todavía esté disponible. Este “derecho al procedimiento de solicitud” finaliza cuando el puesto anunciado ha sido transferido vinculantemente a otro solicitante. Un solicitante que no tenga éxito en el proceso de solicitud puede reclamar una indemnización por daños y perjuicios de conformidad con el artículo 280, apartado 1 del Código Civil alemán (BGB) y el artículo 823, apartado 2 del Código Civil alemán (BGB) en relación con un competidor seleccionado incorrectamente después de la posición. ha sido llenado. Artículo 33, apartado 2 GG. Si el puesto se cubre durante el proceso legal para hacer cumplir el reclamo del proceso de solicitud, la demanda se puede cambiar a un reclamo por daños y perjuicios. Esta modificación está permitida según el artículo 264, nº 3 del ZPO. La reclamación de indemnización por daños y perjuicios sólo prosperará si al candidato perdedor se le debería haber asignado el puesto de acuerdo con los principios de la mejor selección de conformidad con el artículo 33, apartado 2 de la Ley Fundamental. En el caso decidido por el Noveno Senado el 19 de febrero de 2008 ( 9 AZR 70/07 ), el perfil de requisitos de un puesto a cubrir requería una formación universitaria científica o competencias y experiencia equivalentes. El Senado decidió que en tal caso la prueba de equivalencia no está sujeta a un formulario específico. La equivalencia sólo tiene que existir objetivamente. Corresponde al empleador comparar el desempeño de los solicitantes, a menos que las normas legales prescriban un procedimiento específico. El Senado también decidió que, para un puesto con tareas de gestión de personal, el estilo de gestión representa un criterio de selección adecuado de conformidad con el artículo 33, apartado 2 de la Ley Fundamental. Sólo el empresario decide si prefiere un estilo de gestión cooperativo o directivo. Por lo tanto, no hay objeción si selecciona al candidato con el estilo de liderazgo cooperativo preferido a pesar de la equivalencia profesional.