Ley de negociación colectiva para trabajadores escénicos

El trabajo que debe realizar el empleado está determinado principalmente por el contrato de trabajo. El empleador puede determinar el contenido y el alcance de la obligación laboral en virtud de su derecho a dar instrucciones en el marco del respectivo contrato de trabajo (artículo 106 GewO).

Si las partes del contrato de trabajo acuerdan por escrito en el contrato de trabajo que el empleado tiene una actividad predominantemente artística, entonces, según decisión del Cuarto Senado del 28 de enero de 2009 (4 AZR 987/07), se trata esencialmente de la determinación del contenido de la relación laboral, en particular del alcance y de los límites del derecho del empleador a dirigir.

La actividad predominantemente artística es el contenido de las declaraciones de voluntad acordadas por las partes del contrato de trabajo. Esto significa que la relación laboral está sujeta al convenio colectivo Normal Contract Stage (NV Bühne), que fue creado específicamente para el sector artístico. La referencia contractual individual en el contrato de trabajo de un técnico de escena iSv. El artículo 1 de la NV Bühne, que se refiere a la NV Bühne, y un acuerdo separado, expreso y escrito sobre la primacía del tribunal de arbitraje en fase, conducen a la inadmisibilidad de una demanda interpuesta directamente ante el tribunal laboral.

Incluso si las partes contratantes son miembros de las partes negociadoras colectivas de TVöD, los técnicos escénicos que se dedican predominantemente a las artes no están sujetos al ámbito personal de TVöD. Esto contiene una excepción para el personal del teatro que se dedica predominantemente al trabajo artístico. A la hora de determinar el alcance del TVöD también es importante el contenido de la actividad pactada en el contrato de trabajo.