En sentencia de 15 de febrero de 2007 (6 AZR 286/06), el Sexto Senado tuvo que pronunciarse sobre la interpretación de un acuerdo complementario al contrato de trabajo como acuerdo de rescisión o como contrato posterior de duración determinada.
Si se acuerda la terminación de la relación laboral con un retraso de doce meses después de recibir un aviso regular de terminación por parte del empleador antes de que expire el plazo de acción legal, esto no suele ser una limitación posterior de la relación laboral, sino más bien una acuerdo de rescisión si no se llega a un acuerdo en virtud del acuerdo Debería existir la obligación de realizar el trabajo y al mismo tiempo deberían regularse modalidades de tramitación como la indemnización por despido, la emisión de certificados y la devolución de los bienes de la empresa.
Sin embargo, si el acuerdo de rescisión está contenido en un contrato que ha sido previamente formulado por el empleador en un gran número de casos y que, como «complemento del contrato de trabajo», también regula el traslado del empleado a una «unidad organizativa independiente «, esta puede ser una situación inusual dependiendo de las circunstancias y actuar de acuerdo con el estado de ánimo. Artículo 305c Abs. 1 BGB no forma parte del contrato. En su sentencia de 19 de julio de 2007 (6 AZR 774/06), el Sexto Senado decidió que la celebración de un contrato escrito de servicios de gestión entre un empleado y su empleador puede incluir también la terminación mutua de la relación laboral.
El contrato de servicios del director general da una nueva base a las relaciones contractuales entre las partes y crea numerosos derechos y obligaciones nuevos para el empleado según la Ley GmbH. Por tanto, el trabajador debe tener claro que su relación laboral termina con la celebración de dicho contrato y su nombramiento como director general. Salvo circunstancias especiales de cada caso concreto, no cabe duda en el sentido del apartado 305c. 2 BGB, que un empleado basa sus relaciones contractuales exclusivamente en esta nueva base contractual al celebrar el contrato de servicios de gestión.
Esto también se aplica en el contexto del artículo 623 del Código Civil alemán (BGB), que entró en vigor el 1 de mayo de 2000. Si no se ha pactado expresamente la terminación de la relación laboral, deberá determinarse interpretando el acuerdo escrito celebrado si en el acuerdo escrito se expresó la intención de terminar la relación laboral de mutuo acuerdo. Se pueden tener en cuenta circunstancias ajenas al documento si la intención jurídica pertinente de las partes se ha expresado, aunque sea de forma imperfecta, en el documento formal. Si el empleado celebra con el empresario un contrato de servicios escrito que constituye la base para su nombramiento como director general, la voluntad de las partes contratantes de poner fin a la relación laboral previamente establecida suele quedar reflejada con suficiente claridad en el contrato de servicios escrito del director general.