Según el artículo 17, párr. 1 BAT, las horas extras son solo las horas trabajadas “según lo ordenado”. Sólo pueden surgir si se ordena un trabajo fuera del horario de trabajo normal o programado del empleado. El servicio de guardia, por su parte, se produce cuando el trabajador debe permanecer en un lugar designado por el empleador con fines operativos, sin que sea necesario que esté alerta, para poder iniciar inmediatamente sus actividades laborales completas si fuera necesario. Esto corresponde a la definición del artículo 15, párrafo. Sexta cosa. Según sentencia del Sexto Senado de 25 de abril de 2007 (6 AZR 799/06), en general se permite al empleador determinar qué tipo de servicio debe prestar el empleado en el ejercicio de su derecho a dar instrucciones. Puede, dentro del ámbito de lo permitido por la ley, los convenios y contratos colectivos, ordenar turnos de guardia, turnos de guardia o horas extraordinarias y también tiene derecho a cambiar el orden establecido de antemano en una lista de turnos. Si un empleado está obligado legalmente a estar de guardia después del horario laboral estándar, el empleador puede utilizar el servicio de guardia ya especificado si hay trabajo que realizar más allá del final del horario laboral estándar. No depende de pedir horas extras. Una “retoma” del trabajo en el sentido de del artículo 15, que regula el servicio de guardia. 6a BAT también se puede aceptar si continúa trabajando más allá del horario laboral habitual. El servicio de guardia no presupone que sólo se produzca un trabajo imprevisto y que sólo se requiera trabajo para dicho trabajo.