Según la disposición del artículo 1a de la KSchG introducida en 2004, el empleado tiene derecho al pago de una indemnización por despido equivalente a medio mes de salario por cada año de trabajo, si el empleador rescinde el contrato por motivos operativos y el empleado no interpone demanda contra la rescisión. y el empleador mantiene la terminación del reclamo.
Según decisión del Segundo Senado de 10 de mayo de 2007 (2 AZR 45/06), el derecho a la indemnización por despido en virtud de esta disposición sólo surge al vencimiento del plazo de preaviso. Si la relación laboral termina en un momento anterior por otro motivo, el derecho ya no surge y por este motivo no puede formar parte de los bienes transferidos a los herederos de conformidad con el artículo 1922, párr. 1 BGB. Esto se desprende de la redacción, la historia y el objetivo del reglamento. En su sentencia del 19 de junio de 2006 ( 1 AZR 340/06 ), el Primer Senado decidió que la creación de un reclamo de indemnización por despido de conformidad con el § 1a Párr. 1 frase 2 KSchG, si se cumplen los demás requisitos, esto no se ve impedido por el hecho de que el empleador informe al empleado en la carta de despido del monto esperado y que este sea inferior al monto legal si el empleador también indica que quiere uno Pagar una indemnización por despido en el monto previsto por la ley.
Esto se aplica independientemente de si el reclamo surge como resultado de un negocio jurídico bilateral basado en una oferta del empleador que fue aceptada implícitamente por el empleado al dejar expirar el plazo para la acción, o como resultado de un negocio jurídico unilateral. sobre la base de una correspondiente declaración de voluntad del empresario, en la que se produce la expiración del plazo para interponer la reclamación como circunstancia puramente fáctica. Si, desde la perspectiva del destinatario, la indicación del importe cuantificado sólo sirve para proporcionar información sobre el importe de la indemnización que el empresario considera correcto, la declaración legal del empresario corresponde a la normativa legal. Si la especificación de una cantidad cuantificada tiene fines meramente informativos o tiene carácter jurídico debe determinarse mediante interpretación. En su decisión, el Primer Senado afirmó además que las normas jurídicas colectivas para compensar las desventajas económicas resultantes de un cambio en el funcionamiento pueden prever la acreditabilidad de las prestaciones de conformidad con el artículo 1a de la KSchG.
Esto no viola el propósito de los sustantivos colectivos en cuestión. Los derechos de indemnización por despido según el artículo 1a de la KSchG también sirven para compensar desventajas económicas derivadas de la pérdida del puesto de trabajo. La regulación del artículo 1a de la KSchG tiene como objetivo principal evitar demandas de protección por despido. Sin embargo, los medios previstos por la ley para crear derechos de indemnización por despido para el empleado despedido sirven para compensar o mitigar las desventajas económicas de la pérdida del empleo.